Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0269/2017-S1
Fecha: 28-Mar-2017
II.3.
II.3. El Fiscal de Materia demandado, presentó ante el Juez Público Mixto e Instrucción Penal Primero de El Torno del departamento de Santa Cruz, ampliación de imputación en contra de la accionante, el 21 de diciembre de 2016, solicitando su detención preventiva, mencionando en el encabezado que la misma encuentra aprehendida (fs. 10 a 13).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el nuevo contexto constitucional desde una visión plural
- a)
- III.2.
- Se aclara que el razonamiento expuesto en los párrafos anteriores, únicamente está destinado a la aplicación de la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad y, por lo mismo, de ninguna manera implica limitar la posibilidad que tiene el aprehendido de acudir con su reclamo ante el juez cautelar de turno a efecto que dicha autoridad se pronuncie sobre la legalidad formal y material de su aprehensión; sin embargo, se precisa que en ese supuesto, la persona aprehendida ya no podrá acudir de manera paralela con su reclamo ante la justicia constitucional a través de la acción de libertad, sino sólo cuando la autoridad jurisdiccional de turno no hubiere reparado la supuesta lesión denunciada por el imputado
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR