Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0076/2017-CA
Fecha: 10-Abr-2017
II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
Se demanda la inconstitucionalidad de los arts. 35 inc. c), 39, 40, 41 y todo el Capítulo I, del Título V, del Reglamento de Procedimiento Técnico Administrativo, aprobado por OM 76/2004, por ser presuntamente contrario a los arts. 25.I, 56.I y II, 109, 115.II, 122, 178.I y 410 de la CPE; 8 y 11.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazar
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- de oficio o a instancia de una de las partes, entienda que la resolución del proceso judicial o administrativo, depende de la constitucionalidad de la norma contra la que se promueve la acción
- II.3. Análisis del caso concreto
- que la disposición legal que se alega de inconstitucionalidad debe necesariamente ser aplicada a la resolución del caso concreto dentro del proceso judicial o administrativo
- RATIFICAR