AUTO CONSTITUCIONAL 0119/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0119/2017-RCA

Fecha: 06-Abr-2017

II.4. Cumplimiento de los requisitos de admisión

Esta acción de amparo constitucional cumple los siguientes aspectos: Se tiene señalado el nombre y generales de ley y domicilio procesal de la accionante; se tiene referido el nombre y domicilio de la autoridad demandada; cuenta con patrocinio de abogado; se advierte una relación de los hechos en los que la parte accionante instituye la acción de defensa; están precisados los derechos constitucionales considerados vulnerados; y, finalmente, se tiene expuesto el petitorio de forma clara, vinculado a la fundamentación de hecho y de derecho.

Consecuentemente, se advierte que la accionante cumplió con lo exigido en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 7 y 8 del art. 33 del CPCo, citado en el Fundamento Jurídico II.2 del presente Auto Constitucional; no siendo exigible el numeral 6; ya que, la solicitud de medidas cautelares no constituye un requisito de cumplimiento obligatorio.