AUTO CONSTITUCIONAL 0133/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0133/2017-RCA

Fecha: 13-Abr-2017

II.3.  Cumplimiento de los requisitos de admisión

1.    Nombre, apellido y generales de quien interpone la acción o de su representante legal, acompañando en este último caso, la documentación que acredite su personería. En el caso de terceras personas que tengan interés legítimo, deberán acreditar el interés alegado. Además, deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata.

De la revisión del memorial presentado, se advierte que el accionante cumplió con lo exigido en los numerales 1 -salvo el señalamiento de correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata que deberá solicitarse previo a su admisión-, 2, 3, 4, 5, 7 y 8 del artículo precedentemente citado; no siendo exigible el 6, ya que la solicitud de medidas cautelares no constituye un requisito de cumplimiento obligatorio.