SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0326/2017-S2
Fecha: 03-Abr-2017
II.4.
“1. De acuerdo a lo expresado anteriormente y en el marco de la disposición establecida en la Sentencia Constitucional Plurinacional 650/2015-S3 que ratifica el fallo de la acción de Cumplimiento de la Ley Departamental 117 y cumplimiento del DS 1989 de 1 de mayo de 2014 corresponde el cumplimiento de los procedimientos administrativos para la aprobación de la nueva Escala Salarial conforme lo establece el art. 1 numeral 2 de la Ley 117.
2. Que revisado el presupuesto institucional del Gobierno Autónomo Departamental de Tarija y en consideración la disminución de 54% del mismo entre la gestión 2015 y la gestión 2016, la secretaria de economía y finanzas deberá realizar las modificaciones presupuestarias correspondientes en el Grupo 1000 “Servicios Personales” a objeto de garantizar la sostenibilidad de la nueva Escala Salarial en cumplimiento a la Sentencia Constitucional N° 650/2015-S3.
3. Que luego del análisis presupuestario para la presente gestión y en el marco de la ratificación de la Sentencia Constitucional 650/2015-S3, se considera consistente incremento salarial del 1% para cada haber básico que consigna cada nivel salarial conforme a lo establecido en la Ley Departamental 058 de acuerdo a lo establecido en el cuadro 1 del presente informe” (fs. 164 a 168).
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- b) Recursos Específicos u otras fuentes internas, de acuerdo a su disponibilidad financiera;
- Estructura de Cargos y Escala Salarial) En cumplimiento a la Sentencia Constitucional Plurinacional Número 1030/2015-S1 y en el marco del Decreto Supremo N° 2748 de fecha 01 de mayo de 2016, se aprueba la nueva Estructura de Cargos y Escala Salarial del Gobierno Autónomo Departamental de Tarija, con un incremento del 1%
- Disposición Final Segunda.
- II.4.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, objeto y ámbito de protección de la acción de cumplimiento
- incumplimiento de la ley
- Ley Departamental 136
- CONFIRMAR en todo