SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0350/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0350/2017-S1

Fecha: 21-Abr-2017

II.21.

II.21.  Los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Auto de Vista 108 de 11 de julio de 2016, confirmaron el Auto de 6 de mayo de igual año, salvando los derechos del co-acusador particular Walter Pablo Vladimir Melendres Gómez García, a los resultados del recurso de apelación incidental planteado contra el Auto de 30 de marzo del señalado año (fs. 449 a 453 vta.).

El accionante alega la lesión de su acceso a la justicia y al debido proceso; en su componente de verdad material y “VALORACIÓN ARBITRARIA DE LA PRUEBA” (sic) toda vez que, dentro del proceso penal instaurado por su persona por la supuesta comisión del delito de estafa; la Jueza demandada mediante Auto de 6 de mayo de 2016, determinó el abandono de la querella interpuesta y en consecuencia, extinguida la acción penal; por lo que, interpuso recurso de apelación incidental contra dicha Resolución; que mereció que las Vocales de la Sala Penal Segunda y tercera respectivamente del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Auto de Vista 108, confirmaran la resolución apelada, lesionando sus derechos sus derechos, puesto que, realizaron una interpretación errónea y arbitraria de la ley, ya que se limitaron a señalar que su persona no presentó causa justificada para su no concurrencia a la audiencia de juicio oral, sin considerar la documental que adjuntó para justificar su ausencia ni tomar en cuenta su estado de salud ni que es persona de la tercera edad.