SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0374/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0374/2017-S2

Fecha: 17-Abr-2017

a)

Celia Monzón Orellana, Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia de Uyuni del departamento de Potosí, en audiencia pública informó que: a) Habiéndose  llevado a cabo la audiencia de juicio oral el 31 de mayo de 2016, el representante legal del menor NNN, juntamente con su actual abogada patrocinante, representantes de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia y el Fiscal de Materia asignado al caso, solicitaron la terminación anticipada con la imposición de una pena de dos años con restricción de libertad en régimen de internamiento en el Centro de Reintegración Social “Nuevo Horizonte”; b) El Fiscal de Materia asignado al caso, la representante de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia y la defensa técnica del menor NNN, presentaron incidente de allanarse al procedimiento de terminación anticipada previsto en el art. 308 del CNNA; razón por la cual, luego de escuchar a las partes procesales y previa verificación de los elementos probatorios ofrecidos en la acusación formal -puesto que se debe tener certeza de la existencia del hecho y la responsabilidad del imputado, debido que en el mencionado procedimiento no existe contienda- la suscrita Jueza emitió la Sentencia 05/2016, habiéndose procedido a su notificación a las partes procesales con su lectura en audiencia, entregándose una copia de la Resolución, en la que se hace la advertencia que la misma es susceptible de apelación; y, c) La propia defensa técnica del referido menor, fue quien gestionó la terminación anticipada del proceso, y si se arrepintió debió haber formulado el recurso de apelación.