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    AUTO CONSTITUCIONAL 0096/2017-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0096/2017-CA

    Fecha: 02-May-2017

    II.2. Improcedencia del recurso directo de nulidad por supuestas infracciones al debido proceso

    El AC 0361/2014-CA de 15 de octubre, citando al AC 323/2012-CA de 9 de abril, tomando en cuenta la jurisprudencia constitucional asumió que el recurso directo de nulidad no es aplicable: “'…a supuestas infracciones al debido proceso, en cualquiera de las formas en que tales infracciones pudieran producirse en los procesos judiciales o administrativos en curso…

    • Recurso Directo de Nulidad
    • al haberse probado los hechos sobre acoso sexual e intimidación
    • I.2. Argumentos jurídicos del recurso
    • II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
    • .
    • II.2. Improcedencia del recurso directo de nulidad por supuestas infracciones al debido proceso
    • Pretender impugnar decisiones dentro de procesos judiciales o administrativos con el argumento de que han sido dictadas sin competencia, constituye un uso abusivo e indebido del recurso directo de nulidad, que no sólo desvirtuaría el sentido y alcances de este instituto jurídico, sino que determinaría la producción de una carga procesal injustificada por el uso indebido del recurso, que colapsaría la labor jurisdiccional del Tribunal Constitucional…”ꞌ
    • Resolución 04/2016
    • IMPROCEDENCIA

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