Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0096/2017-CA
Fecha: 02-May-2017
Recurso Directo de Nulidad
El Recurso Directo de Nulidad interpuesto por Benedicto Sarzuri Mamani contra Plenio Gonzalo Maldonado Flores, Julián Chacolla Usnayo y Petronila Alvarado Choque, Presidente, Fiscal Promotor y Secretaria respectivamente del Tribunal Disciplinario de Santiago de Machaca Catacora del departamento de La Paz, demandando la nulidad de la Resolución 04/2016 de 12 de abril, por haber señalado en su último considerando, inciso b) “…al haberse probado los hechos sobre acoso sexual e intimidación…” (sic).
- Recurso Directo de Nulidad
- al haberse probado los hechos sobre acoso sexual e intimidación
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
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- II.2. Improcedencia del recurso directo de nulidad por supuestas infracciones al debido proceso
- Pretender impugnar decisiones dentro de procesos judiciales o administrativos con el argumento de que han sido dictadas sin competencia, constituye un uso abusivo e indebido del recurso directo de nulidad, que no sólo desvirtuaría el sentido y alcances de este instituto jurídico, sino que determinaría la producción de una carga procesal injustificada por el uso indebido del recurso, que colapsaría la labor jurisdiccional del Tribunal Constitucional…”ꞌ
- Resolución 04/2016
- IMPROCEDENCIA