AUTO CONSTITUCIONAL 0133/2017-CA
Fecha: 31-May-2017
Director Ejecutivo a.i. de la Autoridad de Fiscalización de Empresas (AEMP)
En consulta la Resolución Administrativa (RA) RA/AEMP/058/2017 de 16 de mayo, cursante de fs. 277 a 293, pronunciada por el Director Ejecutivo a.i. de la Autoridad de Fiscalización de Empresas (AEMP), por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Rodrigo Rivera Aldazosa y Zoya Galarza Castellanos, en representación legal de la Cervecería Boliviana Nacional Sociedad Anónima (CBN S.A.), demandando la inconstitucionalidad del art. 7 en su “parágrafo segundo” del Reglamento de Regulación de la Competencia en el Marco del Decreto Supremo (DS) 29519, aprobado por la Resolución Ministerial 190 de 29 de mayo de 2009, por ser presuntamente contrarios a los arts. 14.IV, 109.II, 158.3, 175.4, 232 y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Director Ejecutivo a.i. de la Autoridad de Fiscalización de Empresas (AEMP)
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes
- II.3. Análisis del caso concreto
- es indispensable que la o el accionante identifique con claridad la disposición impugnada y las razones por las que cree o entiende que dicha norma acusada de inconstitucional es presuntamente contraria a la Ley Fundamental
- RATIFICAR