AUTO CONSTITUCIONAL 0139/2017-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0139/2017-CA

Fecha: 31-May-2017

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

Por memorial presentado el 14  de marzo de 2016, cursante de fs. 21 a 25 vta., la Empresa accionante mediante su representante manifiesta que, dentro de la demanda de reivindicación de inmueble, averiguación y pago de alquileres devengados que interpuso contra la Empresa de Luz y Fuerza Eléctrica Cochabamba Sociedad Anónima (ELFEC S.A.) formula la acción de inconstitucionalidad concreta contra el DS 1178, el cual autoriza a la Empresa Nacional de Electricidad (ENDE), la adquisición del 92.12% de las acciones de ELFEC S.A., correspondiente al paquete accionario que posee la Sociedad Luz del Valle Inversiones Sociedad Anónima (S. A.) en ELFEC S.A., autorizando que el pago de las acciones se realice con recursos provenientes del Tesoro General de la Nación (TGN), en calidad de aporte al capital de ENDE; sin embargo, ni ELFEC S.A., ENDE ni el TGN realizaron el pago ordenado, a pesar de tener ya registrado el paquete accionario.

Refiere que, ELFEC S.A., pretende la aplicación del Decreto Supremo impugnado en el proceso judicial de referencia, siendo el mismo contrario al art. 57 de la CPE, al haber dispuesto la expropiación del 92.12% de las acciones de ELFEC S.A. sin pagar previamente la justa indemnización, vulnerando también el derecho a la propiedad privada.