AUTO CONSTITUCIONAL 0154/2017-RCA
Fecha: 03-May-2017
por no presentada
El señalado Juez de garantías, por Resolución 01/2017 de 4 de abril, cursante de fs. 79 a 81, declaró por no presentada la acción de amparo constitucional, bajo los siguientes fundamentos: i) La seguridad jurídica no es objeto de tutela judicial, el accionante no identificó en qué medida fue lesionado el debido proceso repitiendo los fundamentos de su acción de amparo constitucional; ii) Si bien se señala la petición en forma precisa; empero, la Agencia Despachadora de Aduanas hoy accionante, no argumenta el elemento fáctico referido a los hechos que sirven de fundamento a la acción de defensa; y, iii) La parte accionante activó con anterioridad a la presente acción tutelar la vía judicial, interponiendo demanda contenciosa administrativa contra la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ-0386/2016, existiendo por ello otra instancia abierta.