AUTO CONSTITUCIONAL 0187/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0187/2017-RCA

Fecha: 23-May-2017

a)

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante proveído de 5 de abril de 2017 (fs. 41), solicitó subsanar la demanda en los siguientes puntos: a) Describir de manera concreta los actos ilegales u omisiones indebidas en que hubiesen incurrido las autoridades accionadas; b) Identificar puntualmente los derechos y garantías considerados vulnerados, dejándose expresa constancia que dicha exigencia formal no se limita a la cita de artículos, debiendo explicar el nexo causal con los actos ilegales u omisiones denunciadas; c) a efectos de establecer el plazo para la interposición de la acción, se solicitó cumplir con el art. 55 del Código Procesal Constitucional (CPCo), en cuanto al principio de inmediatez; d) Aclarar su petición, acorde con los derechos y garantías considerados perjudicados; y, e) Acompañar toda la prueba que tenga en su poder en original o copia debidamente legalizada, de acuerdo a lo previsto en el art. 33.7 del CPCo., otorgándole el plazo de tres días determinado en el  art. 30.I.1 del citado Código.