Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2017
Fecha: 12-May-2017
compatibilidad
En el actual texto de los arts. 88 y 90 del proyecto de Carta Orgánica, se modificaron sustancialmente en su contenido, adecuación que responde al cargo de incompatibilidad desarrollado en la DCP 0093/2014, y que dieron lugar a la improcedencia en el anterior Fallo; en consecuencia, merecen la compatibilidad con la Constitución Política del Estado.
- Fragmento 1
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- III.2. Confrontación y contrastación del contenido de las adecuaciones efectuadas al proyecto de
- incompatibilidad
- Fragmento 8
- Artículo 88.- (PATROMONIO CULTURAL)
- improcedencia
- compatibilidad
- Cargo de incompatibilidad
- Artículo 102.- (TRANSFERENCIA DEL NIVEL CENTRAL O DEPARTAMENTAL)
- Cargo de compatibilidad
- PREVISIONES EN CUANTO A LA CONFORMACIÓN DE REGIONES
- Artículo 135.- (PREVISIONES EN CUANTO A LA CONFORMACIÓN DE REGIONES)
- 2°