SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0394/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0394/2017-S1

Fecha: 04-May-2017

Disponer que el Juez demandado remita los actuados relacionados con el recurso de apelación ante el superior en grado, dentro de las veinticuatro horas siguientes a su notificación con este fallo constitucional, si aún se encontraran a su cargo; empero, si se efectivizó su devolución al Juzgado de Instrucción Penal Primero del mismo departamento, al margen de cualquier responsabilidad y con el fin de evitar mayores dilaciones, debe ser quien eleve  el expediente de impugnación ante el Tribunal de alzada, dentro del mismo término señalado precedentemente; y,