Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0397/2017-S3
Fecha: 12-May-2017
acción de libertad
En revisión la Resolución 02/2017 de “20” de febrero, cursante de fs. 48 a 49, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Freddy Gusmán Maydana Sossa contra Erick Jeant Millares Luna, Director Distrital de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) de El Alto e Ines Neome Ibañez Laruta, funcionaria policial.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad Jurisprudencia reiterada
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos. De no ser así, se estaría desconociendo el rol, las atribuciones y la finalidad que el soberano a través del legislador le ha dado al juez ordinario que se desempeña como juez constitucional en el control de la investigación
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR