Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0437/2017-S1
Fecha: 24-May-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante a través de su representante sin mandato, alegó vulneración a sus derechos a la libertad y al debido proceso; toda vez que fue beneficiada con medidas sustitutivas a la detención preventiva; sin embargo, la Jueza demandada las revocó a través de un Auto de 5 de diciembre de 2016, porque supuestamente no las cumplió; empero, el fondo de la acción no sería la modificación de las medidas cautelares, sino que la autoridad demandada, continuó en conocimiento de la causa y no remitió antecedentes ante el juez o tribunal de sentencia, conforme lo establece el art. 325.I del CPP, al haberse presentado requerimiento conclusivo de acusación por parte del Ministerio Público.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica, alcances, presupuestos de activación y ámbito de aplicación de la acción de libertad
- I.
- Fragmento 14
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR