SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0473/2017-S1
Fecha: 31-May-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante sin mandato denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad de locomoción y debido proceso que incide en el derecho a la libertad, debido a que la autoridad ahora demandada, dentro del proceso penal interpuesto en su contra por el delito de suministro de sustancias controladas, no habría señalado audiencia de cesación a la detención preventiva dentro de lo establecido por el art. 239 del CPP modificado por la Ley 586; es decir, dentro de los cinco días; toda vez que, habiendo solicitado dicha audiencia en varias oportunidades, la misma no se llevó a cabo por razones administrativa, y en su última petición de 13 de abril de 2017, la Jueza ahora demandada, mediante decreto de 17 del aludido mes y año, señaló audiencia para el 24 de igual mes y año; por lo que, se estaría violando derechos y garantías constitucionales, como el derecho a la libertad y al debido proceso.