SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0478/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0478/2017-S1

Fecha: 31-May-2017

III.5.

El accionante denuncia que Delia Celia Illanes Choquetijlla, Directora Departamental de Régimen Penitenciario de La Paz, lesionó su derecho a la libertad, la locomoción y el trabajo; toda vez que, si bien la autoridad jurisdiccional a cargo del control jurisdiccional emitió mandamiento de libertad a su favor y consecuente detención domiciliaria, con el que se le notificó; sin embargo, la misma no la efectivizó lo que provocó que se encuentre privado de su libertad indebidamente.

De acuerdo a lo desarrollado en el Fundamento Jurídico III.3 del presente fallo constitucional se tiene que la presente acción tutelar debe interponerse contra aquella autoridad que haya cometido el acto ilegal u omisión indebida ocasionando la presunta lesión del derecho a la libertad y a la locomoción, siendo dicho requisito –legitimación pasiva– constituye un requisito de procedibilidad, y su inobservancia impide al Tribunal Constitucional Plurinacional realizar el análisis de fondo de los hechos denunciados.

De acuerdo a la jurisprudencia desarrollada en el Fundamento Jurídico III.4 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional se tiene que cumplida la condena, concedida la libertad condicional o cuando cese la detención preventiva, el interno será puesto en libertad en el día, sin necesidad de trámite alguno; empero, previamente los encargados de los recintos penitenciarios deben verificar si no existe otro mandamiento de detención que restrinja el derecho a la libertad; además de, verificar si el mandamiento presentado, es auténtico; requisitos tales que recaen sobre la gobernación del recinto penitenciario.

De los antecedentes del caso y lo manifestado se tiene que la presente acción fue interpuesta contra Delia Celia Illanes Choquetijlla, Directora Departamental de Régimen Penitenciario de La Paz, sin que dicha autoridad sea la encargada de dar cumplimiento o ejecutar el mandamiento de libertad y consecuente detención domiciliaria librada a favor del impetrante de tutela, lo que hace ver que dicha autoridad carece de legitimación activa en la presente acción tutelar; motivo por el cual, corresponde denegar la tutela impetrada, sin ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada.