SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0501/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0501/2017-S2

Fecha: 22-May-2017

a)

Luis Gatty Ribeiro Roca, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, a través de su representante, mediante informe oral en audiencia, precisó: a) La solicitud de remisión de antecedentes al Ministerio Público no procede debido a que un juez de garantías no lo es de hechos delictivos; b) La accionante ha perdido su derecho propietario puesto que en 2009 fue aprobada la urbanización Juan Azevedo Do Santos de la familia Saucedo, en base al derecho propietario que exhibieron, y es aproximadamente en 2010 que Miriam Crespo de Choma presenta usucapión de 40 ha, proceso que gana pero que por un error en la sentencia no se ordena la cancelación de los folios reales de la familia Saucedo; c) Debido a una anterior acción de amparo constitucional presentada por demandante de tutela, que en primera instancia salió procedente, le fue entregado un plano general de sus predios, empero la resolución del juez de garantías fue revocada y denegada la tutela en el Tribunal Constitucional Plurinacional y en mérito a ello se procedió a la cancelación de su registro en el sistema de catastro de la Alcaldía Municipal de Cobija; d) Por su parte la familia Saucedo solicitó se le extienda plano conforme al art. 24 de la CPE, y en base al informe de Asesoría Legal del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, que dio luz verde a la solicitud, se otorgaron los planos solicitados; e) La demandante de tutela a través de diferentes incidentes pretendió anular el acto administrativo a través del cual fueron entregados los planos a la familia Saucedo, cancelar las partidas en el registro de DD.RR. y el registro catastral de la Alcaldía Municipal, lo cual no pudo conseguir puesto que la sentencia que obtuvo en su favor a través de la demanda de usucapión no dispuso sobre este aspecto; y, f) La Alcaldía Municipal de Cobija, se ha acogido al silencio administrativo, que se entiende como una respuesta negativa a lo solicitado, debido al recargado trabajo que tienen, es por eso que la accionante presenta recurso jerárquico solicitando la nulidad del acto administrativo que le niega la otorgación de planos catastrales, recurso que mereció resolución que señala que no acreditó su derecho propietario y no presentó mayor prueba, indicando además que si bien ambas partes tiene derecho acreditado; empero, la familia Saucedo tiene mejor derecho propietario ya que se encuentra registrado manzano por manzano, en cambio Mirian Crespo de Choma tiene sólo un plano general, así se encuentra en el sistema de catastral; haciendo notar además que su derecho “…se encuentra volando…” (sic) porque no fueron canceladas las partidas de la familia Saucedo, todo en cumplimiento a las normas administrativas en vigencia y de acuerdo a la jurisprudencia emitida al respecto por el Tribunal Constitucional Plurinacional, por lo que pide se deniegue la tutela planteada.