SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0502/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0502/2017-S1

Fecha: 31-May-2017

III.4. Análisis del caso concreto

Por la supuesta comisión del delito de estafa se le instauró un proceso penal a instancia de ASFI, socios y ahorristas de la quebrada Cooperativa “San Luis” Ltda.; en el mes de octubre de 2016, solicitó la cesación a su detención preventiva, corridos los traslados de ley el 30 de noviembre del mismo año, venció el término establecido por la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal y el Código de Procedimiento Penal y únicamente contestó la parte denunciante; no obstante, a que las autoridades ahora demandadas, no se pronunciaron respecto a su solicitud que se encuentra directamente vinculado al derecho a la libertad, incumpliendo así el principio de celeridad.

De la revisión de la documental cursante en obrados, se tiene que por memorial presentado el 10 de noviembre de 2016, el accionante solicitó a las autoridades demandadas dispongan la cesación de su detención preventiva; asimismo, mediante escrito recepcionado el 5 de diciembre del mismo año, el representante de la ASFI, contestó a la petición referida en líneas precedentes; de la misma forma, mediante memorial presentado el 3 de enero de 2017, el representante legal y presidente de la Comisión Liquidadora de la quebrada Cooperativa “San Luis” Ltda.; posteriormente, cursa el Auto 22/2017 de 9 de enero, pronunciado por los Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal Decimosegundo del departamento de Santa Cruz, declarando improcedente el incidente de cesación a la detención preventiva formulado por la parte accionante.