SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0509/2017-S1
Fecha: 31-May-2017
a)
El Juez Público Mixto Primero de Riberalta del departamento del Beni, dispuso el 21 de abril, que: a) El Comité Electoral de la Universidad Autónomo del Beni “José Ballivian”, conformada por sus personas, suspendan el claustro universitario de 22 de igual mes y año, bajo conminatoria de uso de la fuerza pública y aprehensión en caso de resistencia; y, b) Se oficie a la “Fiscalía de Distrito” y al Comandante de la Policía Departamental del Beni, para que de manera conjunta procedan a ejecutar la citada disposición y en caso de resistencia se proceda a la aprehensión de quienes se rehusaren cumplir la resolución de “amparo”, con facultad de acordonar la recintos electorales; y, además sea sin perjuicio de responsabilidades civiles y penales a personas que se resistan al cumplimiento de la resolución de acción de amparo constitucional.
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- III.3. Sobre la persecución ilegal o indebida
- 1) la búsqueda u hostigamiento a una persona con el fin de privarle de su libertad sin motivo legal o por orden de una autoridad no competente, y 2) la emisión de una orden de detención, captura o aprehensión al margen de lo previsto por ley
- III.4. La carga de la prueba en la acción de libertad reside en el accionante
- Si bien es cierto que en determinadas circunstancias de evidente lesión al derecho a la libertad, es entendible esta situación debido a la informalidad de su presentación; sin embargo, tratándose de acciones tutelares emergentes de un proceso judicial donde el accionante es parte esencial, tiene el deber procesal de adjuntar la prueba que respalda su denuncia, sin perjuicio claro está, de la facultad que tiene este Tribunal de solicitar la remisión de documentación, cuando así lo requiera y considere pertinente; empero, ello no lo exime de su responsabilidad
- la parte accionante debe acompañar la prueba suficiente y necesaria que acredite la veracidad de las acusaciones que formula, a objeto de lograr sus pretensiones, puesto que corre por su cuenta la carga de demostrar la existencia del o los actos lesivos que estima hayan restringido sus derechos y garantías constitucionales, puesto que no puede dictarse una Resolución concediendo la tutela
- III.5. Análisis del caso
- Fragmento 12