SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0509/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0509/2017-S1

Fecha: 31-May-2017

denegó

El Juez de Instrucción Penal Primero de Trinidad del departamento del Beni, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 01/2017 de 24 de abril, cursante de fs. 47 vta. a 52, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) El art. 33 del CPCo, señala que el que interpone la acción de libertad debe acreditar su personería, ya que en el presente caso los accionantes refieren que son Presidente y Secretario del Comité Electoral de Universidad Autónoma del Beni José Ballivián; b) Se evidencia que el Juez demandado emitió la Resolución 05/2017, dentro una acción de amparo constitucional seguida contra Luis Carlos Zambrana Aguirre y otros, extremo al que no se puede manifestar; toda vez que, un juez de garantías en una acción de libertad, no puede ingresar a dilucidar acciones y derechos que se hubieran tutelado mediante la vía de la acción primeramente citada; c) El accionante no demostró que el derecho a la libertad estaría en peligro, o que hubiera estado indebidamente procesada o privada de su libertad; y, d) Los accionantes piden que exista un pronunciamiento para que se precautele y garantice el desempeño de su trabajo para el que fueron designados; es decir, que se lleven adelante el claustro universitario de 22 de abril de 2017, lo que conlleva el derecho al trabajo y el goce de las libertades civiles y políticas, respecto a los cuales no puede pronunciarse; ya que la acción de libertad no puede entrar a considerar dichos derechos. En vía de complementación y enmienda se señaló que la Resolución de 21 de abril de 2017, no fue propuesta como prueba; consiguientemente, no se pudo realizar un valoración de la misma, ni pronunciarse al respecto.