Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0156/2017-CA
Fecha: 09-Jun-2017
1° ADMITIR
1° ADMITIR el conflicto de competencias jurisdiccionales formulado por Eloy Quispe Carrizo, Tata Awatari (Opoqueri) del Ayllu Kala, de la parcialidad Samancha de Corque Marka de la Nación Suyu Jach’a Karangas; y, la Jueza Pública Mixta e Instrucción Penal Primera ambos de Corque -provincia Carangas- del departamento de Oruro.
- conflicto de competencias jurisdiccionales
- I.1. Contenido de la solicitud
- Fragmento 3
- a)
- I.4. Trámite procesal
- Autoridad Indígena Originaria Campesina
- Si la autoridad requerida
- II.2. Análisis del caso concreto
- Reclama competencia y jurisdicción y solicita se aparte del conocimiento del proceso penal y remita antecedentes a la jurisdicción indígena originaria campesina
- 1° ADMITIR