Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0156/2017-CA
Fecha: 09-Jun-2017
Si la autoridad requerida
II. Si la autoridad requerida rechaza la solicitud o no se manifiesta en el plazo de los siete días subsiguientes, a partir de la petición de la autoridad demandante, ésta se encontrará facultada para plantear el conflicto ante el Tribunal Constitucional Plurinacional” (las negrillas nos pertenecen).
- conflicto de competencias jurisdiccionales
- I.1. Contenido de la solicitud
- Fragmento 3
- a)
- I.4. Trámite procesal
- Autoridad Indígena Originaria Campesina
- Si la autoridad requerida
- II.2. Análisis del caso concreto
- Reclama competencia y jurisdicción y solicita se aparte del conocimiento del proceso penal y remita antecedentes a la jurisdicción indígena originaria campesina
- 1° ADMITIR