AUTO CONSTITUCIONAL 0181/2017-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0181/2017-CA

Fecha: 30-Jun-2017

rechazó

La Jueza Disciplinaria Primera de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de La Paz, por Resolución 74/2017 de 9 de junio, cursante de fs. 63 a 64 vta., rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, bajo los siguientes fundamentos: a) El accionante no señala con claridad y precisión la disposición legal cuya constitucionalidad cuestiona y el precepto legal que se considera infringido omitiendo la existencia de una duda razonable y fundada sobre su constitucionalidad y la vinculación necesaria entre la validez constitucional de la norma que señala como inconstitucional con la decisión que se adopte al no ser suficiente para la procedencia de esta acción, incurriendo en una imprecisión al no existir en el ámbito de la jurisdicción disciplinaria lo que el incidentista denomina “Reglamento Disciplinario y de las Responsabilidades del Personal de Apoyo” (sic); b) Por haber incumplido los requisitos esenciales para promover una acción de inconstitucionalidad concreta, debiendo proseguir la tramitación del proceso disciplinario en aplicación del art. 80.IV del Código Procesal Constitucional (CPCo) y la SCP 0646/2012 de 23 de julio; sin embargo, de ello se debe tener cuidado respectivo a momento de ejecutar la decisión final que se emita en el presente proceso disciplinario, mismo que deberá realizarse una vez conocida la decisión emitida por el Tribunal Constitucional  Plurinacional respecto a la presente Acción.