Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0220/2017-RCA
Fecha: 23-Jun-2017
1)
El Juez Público Civil y Comercial Noveno del departamento de Chuquisaca, constituido en Juez de garantías, mediante providencia de 17 de mayo de 2017, cursante a fs. 23, dispuso que el accionante subsane las siguientes observaciones: 1) Adjunte el Memorando o resolución por la cual se prescinden de sus servicios; 2) Acredite haber agotado la vía administrativa a través de los recursos de revocatoria y jerárquico; y, 3) Establezca la relación de causalidad entre los hechos mencionados con los derechos supuestamente lesionados y aclare cual la tutela solicitada.