Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0220/2017-RCA
Fecha: 23-Jun-2017
II.2. Análisis del caso concreto
Revisada la demanda de la acción tutelar como el memorial de subsanación, se evidenció que el accionante, no cumplió con la observación del Juez de garantías relativa a identificar de manera clara la relación de causalidad entre los hechos mencionados con los derechos supuestamente lesionados conforme al art. 33.5 del CPCo; puesto que, en ambos memoriales se limitó a transcribir los preceptos constitucionales, normas internacionales, jurisprudencia constitucional que contienen algunos de los derechos que el accionante considera vulnerados, más no fundamentó cómo cada uno de ellos hubiera sido lesionados por los demandados.