Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2017
Fecha: 27-Jun-2017
Artículo 50° SERVIDORES PÚBLICOS Y OTROS EMPLEADOS MUNICIPALES.-
II. Las servidoras y servidores públicos que accedan al cargo conforme a Ley, así como las que desempeñan cargos electivos, las designadas y los designados y los que ejerzan funciones de libre nombramiento, forman parte de la Carrera Administrativa Municipal, excepto las Concejalas y Concejales, la Alcaldesa o Alcalde Municipal, la Sub Alcaldesa o Sub Alcalde, Secretarias o Secretarios, Asesores, personal eventual y consultores individuales de línea”.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.
- Fragmento 4
- III.2. Confrontación y contrastación del contenido de la adecuación efectuada al proyecto de
- 10.
- Cargo de incompatibilidad en la DCP 0068/2016
- Por lo expuesto se insta al estatuyente municipal, restituya los numerales 10 y 12 del art. 47 de la COM, debiendo adecuarlos o reformularlos conforme a la DCP 0176/2015
- compatibilidad
- Artículo 50° SERVIDORES PÚBLICOS Y OTROS EMPLEADOS MUNICIPALES.-
- Fragmento 11
- corresponde declarar la incompatibilidad del art. 50 parágrafo II, máxime si el nivel central del Estado ha desarrollado los conceptos contenidos en este articulado, en la ley correspondiente”