Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0051/2017
Fecha: 28-Jun-2017
II.3.1.
La solicitud es refrendada con la nominación de los siguientes artículos: 24; 30.III; 179 I, II; 190 I, II; 191 II; 192; 256 I.II; 304 I, 8; 410 II., 3, todos ellos de la Constitución Política del Estado actual. También cita la Ley de Deslinde Jurisdiccional; Estatuto Orgánico (de la comunidad de la comunidad Candelaria Madidi Ecológico.
- En la consulta de autoridades indígena originario campesinas sobre la aplicación de sus normas jurídicas a un caso concreto
- I.
- II.3.1.
- III.1. El Estado Plurinacional Comunitario y Pluralismo Jurídico
- Estado Plurinacional Comunitario
- III.2. Naturaleza jurídica, alcance y finalidad de la consulta
- III.4. Improcedencia de las consultas de las autoridades indígena originaria campesinas
- III.5. Control de constitucionalidad
- IMPROCEDENTE
- MAGISTRADO