Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0051/2017
Fecha: 28-Jun-2017
III.1. El Estado Plurinacional Comunitario y Pluralismo Jurídico
La Constitución Política del Estado aprobada en referendo constitucional de 25 de enero de 2009 y promulgada el 7 de febrero del mismo año, prevé en su art. 1 que: “Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país”.
- En la consulta de autoridades indígena originario campesinas sobre la aplicación de sus normas jurídicas a un caso concreto
- I.
- II.3.1.
- III.1. El Estado Plurinacional Comunitario y Pluralismo Jurídico
- Estado Plurinacional Comunitario
- III.2. Naturaleza jurídica, alcance y finalidad de la consulta
- III.4. Improcedencia de las consultas de las autoridades indígena originaria campesinas
- III.5. Control de constitucionalidad
- IMPROCEDENTE
- MAGISTRADO