Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0481/2017-S3
Fecha: 01-Jun-2017
improcedente
Con relación a Lisset Gutierrez Lobo, Secretaria; y, Mario Mauricio Villca Sipayabe, Auxiliar, ambos del Juzgado de Instrucción Penal de la Capital del departamento de Santa Cruz -funcionarios de apoyo judicial codemandados-, se evidencia que recién el 17 de marzo de 2017, la autoridad demandada dispuso al personal que se remitan en el día los antecedentes, por lo tanto con relación a ello declara en parte “improcedente”, ordenando que en el día dicho cuaderno procesal sea remitido ante el Juez competente del Juzgado de Instrucción Penal Segundo de la Capital del departamento de Santa Cruz.
- acción de libertad
- I.1. Contenido de la demanda
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de la autoridad y servidores de apoyo judicial demandados
- procedente
- improcedente
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- REVOCAR en parte