SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0486/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0486/2017-S3

Fecha: 01-Jun-2017

concedió en parte

La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución de 16 de marzo de 2017, cursante de fs. 85 a 88, concedió en parte la tutela solicitada, disponiendo que el demandado proceda a la reincorporación laboral inmediata del ahora accionante, a las últimas funciones que cumplía antes de su despido, reconociéndole sus derechos laborales y sociales establecidos en la Constitución Política del Estado, en el plazo de setenta y dos horas, bajo conminatoria de ley, determinación asumida bajo los siguientes fundamentos: i) Por Conminatoria MTEPS/JDTCBBA 330/2016 se ordenó la reincorporación laboral del hoy accionante; ii) Existe un recurso de revocatoria planteado por el ahora demandado y un recurso jerárquico que aún se encuentra en trámite, de lo que se infiere que no le hubiera sido favorable en primera instancia; iii) Los argumentos que alega el demandado para no cumplir con la referida Conminatoria de reincorporación laboral, se encuentran plasmados en los recursos administrativos que aún se encuentran en trámite, por lo que no puede haber pronunciamiento en relación a estos; iv) Respecto a que el hoy demandado no conocía la calidad de Dirigente Sindical del cual goza el ahora accionante, cabe señalar, que evidentemente tomó conocimiento a partir de la audiencia de conciliación que posteriormente dio lugar a la emisión de la respectiva Conminatoria; y, v) La Conminatoria MTEPS/JDTCBBA 330/2016 se encuentra reconocida por la Norma Suprema y en tanto no exista resolución que adquiera la calidad de cosa juzgada en la vía administrativa, no puede limitar ese derecho laboral como social, máxime si en una primera instancia -recurso de revocatoria-, no le fue favorable la resolución.