SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0518/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0518/2017-S2

Fecha: 05-Jun-2017

concediendo

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 03 de 13 de abril de 2017, cursante de fs. 46 vta. a 48, concediendo la acción de libertad interpuesta; argumentando que: 1) Si bien el art. 251 del CPP, no establece un plazo para la elaboración del acta de audiencia de apelación, se entiende que debe salir junto con la resolución al finalizar la audiencia, más cuando se trata del derecho a la libertad, debiendo imprimirse más celeridad pese a la carga laboral; y, 2) En el presente caso, ya transcurrieron más de setenta y dos horas de la celebración de la audiencia y resolución del recurso de apelación, y el expediente no fue devuelto al Juzgado de origen, extremo que no fue desvirtuado por las autoridades demandadas porque no presentaron su respectivo informe; por lo cual, corresponde aplicar la acción de libertad traslativa o de pronto despacho, desarrollada ampliamente en la jurisprudencia constitucional.