SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0539/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0539/2017-S2

Fecha: 05-Jun-2017

concedió

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante la Resolución 67/2016 de 4 de noviembre, cursante de fs. 368 a 371, concedió en parte la tutela, dejando sin efecto el Auto de Vista 349/2015 y ordenando que las autoridades demandadas sin espera de turno emitan una nueva resolución debidamente fundamentada, con los siguientes fundamentos: i) La debida fundamentación no solamente es obligatoria para las autoridades jurisdiccionales sino también administrativas, tomándose en cuenta que los Vocales demandados en su informe no aclararon si han respondido o no todos los puntos apelados, es por ello que se procedió a analizar el Auto de Vista observado y realizar las puntualizaciones y preguntas tanto al tercero interesado como a la parte accionante; ii) Se debe tomar en cuenta que si bien las autoridades jurisdiccionales demandadas han dictado el Auto de Vista 349/2015, con el argumento de la autonomía de la voluntad, se señala también un acuerdo transaccional que no se va a analizar si quedó sin efecto o se mantiene vigente; pero lo que sí se evidenció en el Auto de Vista indicado es la falta de fundamentación a los siete puntos apelados, los cuales debieron ser absueltos de forma clara de tal manera que la partes puedan estar conformes con la decisión que se ha tomado; y, iii) Se aclara que no se ingresó al análisis de si la accionante tendría razón en su apelación, ya que simplemente se observa que la resolución carece de fundamentación.