SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0568/2017-S2
Fecha: 05-Jun-2017
III.3. Análisis del caso concreto
De la revisión del expediente, la prueba documental adjunta, lo referido en audiencia y el memorial de acción de libertad, se advierte que, el accionante denuncia procesamiento indebido, persecución ilegal, la intensión de lesionar su derecho a la libertad y la legítima defensa; toda vez que, dentro del proceso penal que se le sigue por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, se emitieron notificaciones ilegales, se le negó el derecho de acceso a la información. La autoridad jurisdiccional no responde a memoriales presentados por el accionante, denunciando que no existe autoridad que vele por el respeto de sus derechos y garantías dentro de la etapa de investigación, ahora bien, corresponde ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada a objeto de determinar la lesión demandada.
Respecto a la notificación con la Resolución de Revocatoria de la Resolución de Rechazo, se puede establecer que la misma fue notificada a la juez del control jurisdiccional, conforme se señaló en la Conclusión II.6 del presente fallo constitucional. Asimismo se establece que la Jueza encargada del control jurisdiccional no providencio los memoriales presentados por el accionante conforme se infiere de la Conclusión II.5, y por último no existe orden de aprehensión contra el accionante.