SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0577/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0577/2017-S1

Fecha: 27-Jun-2017

a)

Willy Arias Aguilar, Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante informe de 18 de mayo de 2017, cursante de fs. 78 a 82, señaló que:  a) Le toco conocer el recurso de apelación incidental de “medida cautelar” (sic) interpuesta por la accionante contra la Resolución 50/2017, resolución que fue emitida efectuando la correcta valoración de los documentos aportados, contestando de manera fundamentada y motivada a los agravios expuestos en dicha apelación; b) Su actuar se enmarcó a lo dispuesto en el art. 173 (valoración de la prueba) y 398 (limitación de competencias) del CPP; y, c) De acuerdo a la jurisprudencia constitucional la valoración de los elementos de juicio deben ser valorados por los tribunales ordinarios y no así por los tribunales de garantías; por todo lo manifestado solicitó se deniegue la tutela impetrada.