SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0586/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0586/2017-S1

Fecha: 27-Jun-2017

denegó

El Tribunal de Sentencia Penal Primero de Montero del departamento de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 2/2017 de 21 de marzo, cursante de fs. 171 a 172 denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: i) Del cuaderno de investigación se puede concluir que Mario Fortunato Baptista Conde en su condición de MAE del Gobierno Autónomo Municipal de Montero, formalizó denuncia en contra de Francisco Javier Callisaya Callisaya, Elder Callisaya Bautista, Rodny Javier Callisaya Bautista, Daniel Condori Saravia y Lidia Callisaya Bautista, por los supuestos delitos de “instigación pública a delinquir, asociación delictuosa, atentado contra la seguridad de servicios públicos, atentado contra la libertad de trabajo y otros”; ii) El 22 de julio de 2016, el Fiscal de Materia dio a conocer al Juez de control jurisdiccional el inicio de investigación, emitiendo el Ministerio Público orden de citación el 17 de noviembre del mismo año, no constatando la recepción de declaración o inasistencia de los denunciados; el 15 de diciembre de igual año, la autoridad fiscal solicitó al Juez de la causa la ampliación de la investigación y a petición de la parte denunciante se expidieron nuevas citaciones, habiendo logrado cumplir la diligencia a Lidia Callisaya Bautista, quien no se presentó a declarar; posteriormente, el 12 de enero de 2017, se ordenan otras citaciones contra los denunciados, habiéndose solo presentado a la audiencia Rodny Javier Callisaya Bautista sin su abogado, estando ausentes los otros, dictándose ordenes de aprehensión contra Elder Callisaya Bautista y Francisco Javier Callisaya Callisaya; iii) Rodny Javier Callisaya Bautista, solicitó reprogramación de audiencia de declaración informativa, fijándose para el 26 de enero del mismo año; apersonándose voluntariamente al proceso Elder Callisaya Bautista, Lidia Callisaya Bautista y Francisco Javier Callisaya Callisaya, a través de memorial presentado el 31 de igual mes y año, peticionando se señale fecha para su declaración informativa, determinándose la misma para el 6 de febrero del citado año; iv) Mario Fortunato Baptista Conde, el 20 de febrero 2017, solicitó nueva orden de citación, cumpliéndose la diligencia a Francisco Javier Callisaya Callisaya, Elder Callisaya Bautista y Lidia Callisaya Bautista para el de 16 de marzo del mismo año; empero, mediante un escrito peticionaron suspensión de audiencia dos de los nombrados, debido a que no contaban con su abogado. El Juez Instrucción Penal Primero del mismo asiento judicial mediante OF 180/2017 del 8 de marzo, conminó al Fiscal de Materia, para que en plazo de cinco días formalice la resolución conclusiva de la investigación preliminar del proceso “FELCC 681/2016”; ante ello, interpuso imputación formal contra Rodny Javier Callisaya Bautista; y, v) La autoridad fiscal si bien no presentó imputación formal y resolución conclusiva contra Elder Callisaya Bautista, antes de acudir a la justicia constitucional, debió concurrir al Juez de la causa y hacer conocer la no presentación de la resolución conclusiva en su contra o a favor, para que la supuesta lesión de derechos y garantías constitucionales el Juez de garantías determine conforme a ley.