SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0614/2017-S2
Fecha: 19-Jun-2017
II.2.
II.2. Mediante nota de 7 de mayo de 2015, David Alfredo Zenteno Benítez en representación de legal de S.S.P. S.R.L. -hoy accionante-, solicitó a Félix Alcón, Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) del Gobierno Autónomo Municipal de Villa Montes, que dé cumplimiento al contrato de “Supervisión de la Obra Construcción de Defensivos y Vías en Márgenes Quebrada Caiguami”, ordenando la suscripción del acta de liquidación de dicho contrato, la emisión de la certificación de cumplimiento del mismo, el registro de su conclusión en sitio web del SICOES, que se ordene al BMSC la liberación de la boleta de cumplimiento de contrato y a Seguros Fortaleza S.A. la liberación de la póliza de garantía de correcta inversión de anticipo, y que la respuesta a su pedido sea entregada en la calle Capitán Manchego 187 entre calles Oruro y Potosí de Villamontes, en el plazo de tres días (fs. 48 a 49).