SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0626/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0626/2017-S1

Fecha: 27-Jun-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra por la supuesta comisión del delito de consorcio de jueces, fiscales, policías y abogados, el 20 de abril del 2017, se llevó a cabo la audiencia de apelación del Auto Interlocutorio 083/2017 de 27 de marzo, impugnando el rechazo a la solicitud de cesación a la detención preventiva concluyendo con la emisión del Auto de Vista 77/2017 de 20 de abril, pronunciada por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de la Paz, sin revisar, ni compulsar el error en la decisión asumida por el Juez de Instrucción Penal Tercero del referido departamento y erróneamente declaró procedente en parte la apelación planteada y vigentes los riesgos procesales previstos en los arts. 234.8 y 10; y, 235.2 del Código de Procedimiento Penal (CPP); por lo que, se mantuvo ilegalmente su detención preventiva en el Penal de San Sebastián de Cochabamba.

El precitado Auto de Vista, le causa agravio porque equivocadamente fundamentó los riesgos procesales previstos en los arts. 234.8 y 10 y 235.2 del CPP, sin reconocer el amplio bagaje jurisprudencial sobre los derechos a la presunción de inocencia, al debido proceso, al ejercicio de la defensa y al principio de incongruencia, señalado en la SCP 1111/2012 de 6 de septiembre.