SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0635/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0635/2017-S2

Fecha: 19-Jun-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 29 de abril de 2017, fue imputado formalmente por el Ministerio Público por la presunta comisión del delito de violación en estado de inconciencia; de esta manera, la Jueza del control jurisdiccional -ahora demandada- señaló audiencia de consideración de medidas cautelares para el 30 de ese mes y año, donde se determinó su detención preventiva.

Apelada en la misma audiencia el Auto Interlocutorio que aplicó la extrema medida de detención preventiva, conforme el art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP), para que en el plazo de veinticuatro horas se proceda a la remisión al tribunal de alzada; sin embargo, hasta el momento de la interposición de la presente demanda, transcurrieron más de ocho días, sin que se hayan remitido antecedentes para su consideración al tribunal de apelaciones; hecho fáctico que revela un acto dilatorio y una retardación de justicia inaceptable.