SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0654/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0654/2017-S3

Fecha: 30-Jun-2017

II.2.

II.2.  Cursa Conminatoria MTEPS/JDTCBBA/ 35/2017 de 24 de febrero, emitida por la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Cochabamba, por la cual se conminó a COOPGUA “Santuario de Guadalupe”, a través de sus representantes legales a reincorporar a la ahora accionante en el último cargo que desempeñaba más el pago de sus sueldos devengados como si no hubiese dejado de trabajar ni un solo día, también de que se le restituya cuanto antes el seguro a corto y largo plazo, además prohibió toda clase de acoso laboral y discriminación contra la prenombrada y demás derechos sociales que correspondan a la fecha de reincorporación; Conminatoria que debió ser cumplida en el plazo máximo de tres días hábiles improrrogables a partir de su recepción (fs. 4 a 7 vta.); notificándose con dicha Conminatoria a la citada Cooperativa, el 2 de marzo de 2017 mediante cédula, debido a que estando en la misma Cooperativa se encontró solo a la Secretaria, quien se rehusó a firmar el formulario de notificaciones (fs. 15 y 16).