SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0713/2017-S1
Fecha: 27-Jun-2017
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Indicaron que el 6 de junio de 2017, fueron aprehendidos en supuesta flagrancia por el delito de robo agravado; posteriormente, pese haber prestado sus declaraciones informativas y habiendo transcurrido más de veinticuatro horas el Ministerio Público no presentó la imputación formal ni puso a conocimiento de la autoridad jurisdiccional el caso, incumpliendo el art. 54.I y 279 del Código de Procedimiento Penal (CPP), pues el Juez es quien debe precautelar que la fase de investigación se desarrolle en correspondencia con el sistema que garantiza los derechos y garantías constitucionales, por lo que tomando en cuenta la importancia de los derechos primarios que se protege a través de esta acción de defensa colige que esta procede contra cualquier servidor público o persona particular que lesione sus derechos.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 8
- III.2.
- ;
- ’A diferencia de las otras acciones tutelares, de modo general, la acción de libertad no se encuentra regida por el principio de subsidiariedad; sin embargo, dicha regla admite una excepción cuando el afectado previo a interponer este medio de defensa, tenía a su alcance otras vías ordinarias o medios idóneos de impugnación, más oportunos y eficaces que el presente mecanismo para el restablecimiento de sus derechos supuestamente restringidos, suprimidos o amenazados
- debe impugnar tal conducta ante el juez instructor, que es el órgano jurisdiccional que tiene a su cargo el control de la investigación,
- no solamente persigue la activación previa de un mecanismo idóneo y más expedito para la reparación del derecho conculcado, sino también materializa la función del juez cautelar como autoridad jurisdiccional bajo quien se encuentra el control del desenvolvimiento de los actos de investigación que realizan tanto fiscales como funcionarios policiales,
- por ello, toda persona involucrada en una investigación que considere la existencia de una acción u omisión que vulnera sus derechos y garantías, entre las cuales el derecho a la libertad debe acudir ante esa autoridad
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- CONFIRMAR