0SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0834/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

0SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0834/2017-S1

Fecha: 27-Jul-2017

Es así que, la legitimación pasiva se traduce en un requisito de procedibilidad de la acción de libertad, cuya inobservancia neutraliza su tutela e impide a este Tribunal ingresar al análisis de fondo de los hechos denunciados

Es así que, la legitimación pasiva se traduce en un requisito de procedibilidad de la acción de libertad, cuya inobservancia neutraliza su tutela e impide a este Tribunal ingresar al análisis de fondo de los hechos denunciados; similar intelecto consta en las     SSCC 2182/2010-R y 2272/2010-R -ambas de 19 de noviembre-, que además enfatizaron que resulta ineludible dirigir la acción contra la autoridad o particular que -en su caso- impartió o ejecutó la orden que dio lugar a la persecución, aprehensión, detención, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, puesto que si bien la acción de libertad está exenta de formalismos en su presentación; sin embargo, ello no libera al accionante de la responsabilidad de señalar o identificar a quién se demanda y vincular su actuación con la comisión del acto lesivo denunciado, exponiendo la narración de los hechos que motivan la petición de tutela y la prueba aparejada. En el mismo sentido, las SSCC 0253/2010-R         y 0392/2010-R” (las negrillas nos pertenecen).