AUTO CONSTITUCIONAL 0198/2017-CA
Fecha: 06-Jul-2017
rechazó
La Jueza de Partido de Trabajo, Seguridad Social, Administrativo Coactivo Fiscal y Tributario Primero del departamento de Tarija, por Resolución de 20 de junio de 2017, cursante de fs. 44 a 46, rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, fundamentando que no cumple con los requisitos establecidos en el art. 24.4 del Código Procesal Constitucional (CPCo); toda vez que, no efectuó una adecuada fundamentación jurídico-constitucional, que sustente la activación de esta acción, tampoco hizo referencia a la relevancia que tiene la disposición cuestionada en la resolución que debe adoptar la juzgadora en el proceso coactivo social, limitándose simplemente a transcribir artículos de la Constitución Política del Estado, del Código de Seguridad Social y su Reglamento; fundamentando la Resolución en base al AC 0312/2012-CA de 9 de abril.
- Jueza de Partido del Trabajo
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- a)
- rechazó
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- no es suficiente la mera identificación de las normas constitucionales que se considera estarían siendo infringidas, sino que es imprescindible que la autoridad judicial o administrativa exprese el razonamiento que le conduce a cuestionarlas
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR