Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0216/2017-CA
Fecha: 31-Jul-2017
la autoridad requerida rechaza la solicitud o no se manifiesta en el plazo de los siete días subsiguientes
II. Si la autoridad requerida rechaza la solicitud o no se manifiesta en el plazo de los siete días subsiguientes, a partir de la petición de la autoridad demandante, ésta se encontrará facultada para plantear el conflicto ante el Tribunal Constitucional Plurinacional” (las negrillas nos pertenecen).
- conflicto de competencias
- I.1. Antecedentes
- a)
- de acuerdo con la Constitución Política del Estado y la Ley, le correspondería a la Autoridad Indígena Originaria Campesina
- la autoridad requerida rechaza la solicitud o no se manifiesta en el plazo de los siete días subsiguientes
- II.3. Análisis del caso concreto
- DEVOLVER