Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0248/2017-RCA
Fecha: 06-Jul-2017
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud de lo establecido por el art. 30.III del CPCo; en revisión, resuelve CONFIRMAR la Resolución 296/2017 de 20 de junio, cursante de fs. 113 a 114, pronunciada por el Juez Público Civil y Comercial Decimonoveno del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.4. Resolución del Juez de garantías
- improcedencia “in limine”
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- I.
- II.2. Respecto al principio de inmediatez en las acciones tutelares
- negativo está referido a que el titular del derecho fundamental vulnerado deberá presentar el recurso de manera inmediata, máximo dentro de los seis meses de conocido el supuesto acto ilegal
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