AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2017-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2017-O

Fecha: 17-Jul-2017

II.2.

II.2.  Mediante AS 787/2015-RRC de 12 de octubre de 2016, las autoridades demandadas, declararon infundado el recurso de casación interpuesto por Luis Fernando Palacios Guerra, concluyendo en relación al segundo motivo de agravio, que el Tribunal de apelación en el Auto de Vista recurrido, ejerciendo un adecuado y suficiente control sobre la fundamentación de la Sentencia que consideró que no contenía vulneración de derechos y garantías ni de las normas constitucionales supra nacionales y procesales invocadas por el recurrente como vulnerados, a través de fundamentos lógicos y coherentes, sujetos a los principios de  trascendencia, de verdad material y de conservación de los actos procesales, no incurrió en contradicción con la doctrina legal invocada ni mucho menos en contradicción interna (fs. 394 a 403).