Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0651/2017-S2
Fecha: 03-Jul-2017
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Felipe Campos Wenceslau y otra, por la presunta comisión del delito de intervención financiera sin autorización o licencia, mediante Auto 37/2017 de 4 de febrero, la Jueza de Instrucción Penal Décima Segunda del departamento de Santa Cruz -ahora demandada- (de turno semanal), dispuso la detención preventiva del mencionado imputado, a ser cumplida en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz “Palmasola”; determinación contra la cual, en audiencia el accionante formuló recurso de apelación incidental (fs. 28 a 37 vta.).
- acción de libertad
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II
- deviene por la desaparición de los supuestos fácticos que motivaron su activación; o porque la violación o amenaza de lesión del derecho ha cesado; ante lo cual, el hecho denunciado dejó de vulnerar las garantías o derechos constitucionales; debido al cumplimiento del acto reclamado con su consecuente restitución
- el objeto procesal constituye el elemento sustancial a ser resuelto por la jurisdicción constitucional; en tal sentido, ante la sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal -en acción de libertad-; cuando el petitorio ha devenido en insubsistente por la desaparición del hecho o supuesto que lo sustentaba, se inhibe un pronunciamiento sobre el fondo de la pretensión,
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo