SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0660/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0660/2017-S2

Fecha: 03-Jul-2017

a)

El accionante a través de su abogado en audiencia, a tiempo de ratificar su demanda, señaló que: a) Tanto los Jueces, Vocales y Tribunales de alzada tienen la obligación de preservar el derecho a la defensa, en el caso concreto se incurrió en una transgresión a una garantía constitucional, que favoreció o desfavoreció al denunciado; y, b) Los Vocales tienen la obligación de ejercer ese rol de control y de proteger a cualquier ciudadano -ya sea víctima o denunciado-, porque es un derecho constitucional; en tal sentido, se debe tomar en cuenta el art. 115.I y II de la CPE y debe concederse la tutela solicitada.